¿Tienes el expediente matrimonial en trámite o aprobado?


Te preparamos toda la documentación necesaria para la notaría

No tienes que trasladarte para entregar los documentos al notario

Tú eliges día, hora y lugar para celebrar el gran día

Inscribimos vuestro matrimonio en el Registro Civil

¿Todavía no tienes tu expediente matrimonial?


Rellenáis el Expediente matrimonial mediante un sencillo formulario

Uno de nuestros abogados revisa el expediente y lo prepara para remitirlo al Notario

Reservamos el día y hora para vuestra boda en cualquier notaría de España de tu elección

Celebráis vuestra boda e inscribimos en elRegistro Civil vuestro matrimonio

Casarse ante Notario, ¡todo más fácil!

La ley permitirá a partir del 30 de junio de 2020 la tramitación y celebración del matrimonio ante cualquier Notario de España, siempre que sea elegido por los cónyuges. A diferencia de un Ayuntamiento o Juzgado donde previamente hay que realizar trámites ante el Registro Civil, el Notario ofrece un servicio público de Lunes a Viernes y por lo tanto mayor disponibilidad que unido al servicio prestado por Bodayaa supone un trámite rápido y sencillo.
La ley exige que los cónyuges en presencia de dos testigos de su elección firmen una escritura pública de matrimonio, el Notario dará lectura de los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil, y tras manifestar que quieren casarse, los declarará unidos en matrimonio, firmando todos ellos.
Bodayaa en estrecha colaboración con todas la Notarias se encarga de todo el papeleo para facilitar y tramitar con rapidez todos los requisitos legales de manera que solo tengas que dar el “SI QUIERO”

¿Boda Notario o Boda Juzgado?
Una vez tenemos el expediente matrimonial
podemos casarnos en:
podemos casarnos en:


Si quieres conocer las diferencias entre una boda notarial
y una boda ante juzgado, pincha aquí
y una boda ante juzgado, pincha aquí